| Ley chilena Nº 20.285, de Acceso a la Información Pública |
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El derecho a la información ha sido muy importante para el desarrollo de las sociedades modernas. Este dio lugar a la posibilidad de que todas las personas puedan expresarse con libertad. Para aportar mayor precisión al respecto cabe señalar que en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948 establece en el artículo 19 que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Se reconoce de esta manera el derecho humano a la información. Ahora bien, también es un derecho clave inscrito en este artículo, el derecho a recibir información. Es decir, la ciudadanía también tiene derecho a saber, a valerse de cierta información, y sobre todo información pública, aquella que le atañe como ciudadano. Con este marco teórico que funciona a modo de sustento general y ético, es importante señalar que el Ministerio de Minería chileno ha dado un ejemplo a este respecto, en tanto que ha implementado la Ley 20.285, de Acceso a la Información Pública. A través de varios meses de trabajo interno, el Ministerio de Minería finalizó el proceso de implementación de la Ley Nº20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y a partir del 20 de abril de 2009, todos los ciudadanos que lo deseen pueden conocer, a través del banner "Gobierno Transparente", ubicado en este sitio web (www.minmineria.cl), la siguiente información: • Estructura orgánica del Servicio • Nómina de los funcionarios del Ministerio, sus respectivos cargos, funciones, periodo de contratación, entre otros • Remuneraciones de los funcionarios del Ministerio, con indicación de todos los elementos que las componen • Subsidios y programas de beneficio entregados por el Ministerio de Minería • Contrataciones para el suministro de bienes muebles y servicios • Mecanismo de participación ciudadana • Presupuesto asignado • Servicios y empresas relacionadas • Legislación aplicable a este Ministerio y otra de uso general Transparencia y acceso Uno de los elementos más importantes del esquema comunicacional es el acceso a la información. Es decir: está el emisor quien pronuncia una información a través de un canal, y un receptor que debe recibir esa información. Pero la comunicación sólo se produce si efectivamente recibe el mensaje éste último, por ello se deben activar canales o medios válidos y a los que tengan acceso todos aquellos que deseen informarse. En este sentido, el trabajo incluye adicionales que permiten que la información por sobre todas las cosas llegue a quien la necesita. Para ello el Ministerio rubricó un convenio con la Biblioteca del Congreso Nacional, con el propósito de mantener toda la normativa actualizada y en línea a través del banner "Gobierno Transparente". Complementariamente, cualquier persona tiene la facultad de solicitar copia de los actos y resoluciones dictadas por el Ministerio de Minería, sus fundamentos, los documentos que le sirvieron de sustento o complemento directo y esencial y los procedimientos que se utilizaron para su dictación, así como también, toda información elaborada con presupuesto público asignado a esta institución. Obviamente, salvo aquellas excepciones establecidas en el artículo 21 de la Ley 20.285. Como señalábamos anteriormente, la presencia de diferentes canales facilita el ejercicio de este derecho. Con este objetivo en mente, el Ministerio de Minería habilitó en el banner mencionado un sistema de consultas en línea, a través del cual todo aquel que posea un correo electrónico podrá solicitar y recibir la información requerida directamente en su casilla de e-mail. De manera que, queda siempre a salvo la posibilidad de dirigirse personalmente hasta las dependencias del Ministerio ubicadas a lo largo de todo el país, donde podrán completar el formulario creado para estos efectos.
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